JCE abre período de campaña para elecciones del 19 de mayo; pauta tope de gastos para candidaturas

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SANTO DOMINGO. – La Junta Central Electoral (JCE), declaró abierto el período de campaña electoral, dispuso el tope de gastos para las candidaturas y estableció los límites de los montos de contribuciones individuales realizadas por particulares a los candidatos y candidatas a los cargos de elección popular para las elecciones presidenciales, senatoriales y para las disputaciones, las cuales se celebrarán el domingo 19 de mayo.

El órgano electoral hizo pública una proclama que contiene los detalles sobre el proceso que se desarrollará en mayo, indicando que a partir de ahora también quedó abierto el proceso electoral, no sólo en el territorio nacional, sino en las ciudades que integran las tres circunscripciones electorales del exterior, donde han sido empadronados los ciudadanos y ciudadanas dominicanas con derecho al sufragio, en estos últimos casos siempre sujeto al ordenamiento jurídico de los respectivos Estados.

Asimismo, convocó a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos por esa JCE y a todos los ciudadanos/as dominicanos/as aptos para ejercer el sufragio, a concurrir y votar en las elecciones de mayo, en horario de 7:00 a.m a 5:00 p.m., en los niveles presidencial, senatorial y de diputaciones, así como para elegir a los representantes ante los parlamentos internacionales (Diputados Representantes ante el Parlamento Centroamericano -PARLACEN-), que ejercerán sus funciones durante el período constitucional que se inicia el 16 de agosto de este 2024 y concluye el 16 de agosto del 2028.

Sobre los gastos

La entidad electoral señaló que los/as candidatos/as concurrentes a las elecciones deberán someterse al régimen de tope de gastos y de aportes individuales establecidos en los artículos 217 y siguientes de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, por tanto deberán realizar un informe de ingresos y egresos a través de la cual se identifique el origen de los recursos y forma de gasto de estos.

Según la entidad, conforme con lo establecido en el artículo 220 de la Ley núm. 20-23, los topes de gastos de los/as candidatos/as para las elecciones ordinarias generales se realizarán sobre la base siguiente: 1) Presidenciales: RD$122.50 por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel nacional; y 2) Congresuales: RD$105.00 por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel de la provincia o circunscripción correspondiente.

En el caso de los/las candidatos/as de diputación de ultramar, se utilizará el mismo tope de gastos establecido en el nivel congresual, con la excepción de que los mismos serán convertidos a la tasa cambiaria de euros y dólares de los Estados Unidos de América vigentes al momento de la emisión de la presente Resolución.

En otro orden, la JCE establece que las contribuciones individuales hechas por particulares con el propósito de aportar a los candidatos/as a los cargos de elección popular no podrán ser superiores al 1 % de los límites o topes establecidos en el artículo 218 de la Ley núm. 20-23 y la presente Resolución.

Destacar que tras la presente proclama, se espera que los partidos polícos arrecien sus actividades proselitistas.

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