Tribunal declara responsable a Wander Franco por abuso contra una menor, pero le concede Perdón Judicial

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PUERTO PLATA. – El Tribunal Colegiado de Puerto Plata declaró penalmente responsable al pelotero de Grandes Ligas Wander Samuel Franco Aybar por violar las disposiciones contenidas en el artículo 396, literales B y C, de la Ley 136-03, que sancionan el abuso sexual y psicológico en perjuicio de una menor de edad identificada con las iniciales N.L.R.C.
A pesar de establecer su responsabilidad penal, los jueces decidieron aplicar a Franco Aybar el Perdón Judicial, amparados en el artículo 346, numeral 3, del Código Procesal Penal, por lo que quedó eximido del cumplimiento de una pena privativa de libertad.

En la misma decisión, el tribunal declaró culpable a Martha Vanessa Chevalier Almonte por violación a los artículos 396 literal B y 397 de la Ley 136-03, relacionados con abuso psicológico contra una menor bajo su responsabilidad, así como por infringir el artículo 400, párrafo segundo, del Código Penal Dominicano, referente a la obtención de fondos mediante amenaza de revelación.

Además, los magistrados determinaron que Chevalier Almonte incurrió en violaciones a los artículos 2 y 3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Como consecuencia, fue condenada a 10 años de prisión, pena que deberá cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago. También deberá pagar una multa equivalente a 25 salarios mínimos del sector público centralizado a favor del Estado dominicano.

La sentencia ordena igualmente el decomiso de varios bienes vinculados al proceso, incluyendo un inmueble de 600 metros cuadrados, un vehículo Suzuki Swift modelo 2023, sumas de dinero en pesos y dólares estadounidenses, además de diversos dispositivos móviles ocupados durante los allanamientos realizados por las autoridades.

Por otro lado, el tribunal dispuso la devolución de otros bienes incautados a sus propietarios legítimos, excepto un certificado financiero emitido por el Banco Agrícola por valor de RD$2,100,000, cuya titularidad será transferida a favor de la menor afectada y entregada cuando alcance la mayoría de edad, en cumplimiento del principio del interés superior del niño.

Respecto a las costas procesales, Wander Franco fue exonerado de su pago conforme al artículo 250 del Código Procesal Penal, mientras que Martha Vanessa Chevalier Almonte fue condenada a asumirlas.

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo 16 de junio de 2026 a las 9:00 de la mañana, fecha a partir de la cual las partes podrán interponer los recursos legales correspondientes.

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